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Solicitud de ISBN para persona física (Autor/Editor)- Primera Solicitud de ISBN México

Dentro de esta categoría se encuentran exclusivamente las personas físicas que crean una obra, es decir, los autores que en forma independiente y por sus propios medios publican su obra sin que medien terceros.

Tratándose de un Autor-Editor de reciente incorporación al sistema de ISBN, es importante dar curso a la formalidad del proceso por primera ocasión, para eso es necesario que se cuente con la siguiente documentación:

1. Originales de los Formatos ISBN-01-A, ISBN-01 e ISBN-02-A con la firma autógrafa del autor-editor, sin enmendaduras o tachaduras.
2. Original del pago de derechos para solicitud del número ISBN emitido por la institución bancaria de su preferencia.
3. Copia legible de identificación oficial y vigente del autor-editor (credencial de elector, pasaporte, cédula profesional, cartilla del servicio militar nacional, carta de naturalización, forma migratoria, INAPAM antes INSEN).
4. Original del pago de derechos en caso de requerir la expedición de la constancia de alta al Padrón Nacional de Editores.
5. Original del pago de derechos en caso de requerir la expedición de la constancia de número ISBN con código de barras.

Es importante tomar en cuenta las siguientes especificaciones:
Sólo podrá solicitar ISBN el propio autor-editor si es que la obra correrá totalmente a su cargo para la edición, impresión, comercialización y distribución en calidad de AUTOR-EDITOR y siempre y cuando se encuentre a máximo una semana de entrar a talleres de impresión.

En caso de que la obra la edite una entidad editora como puede ser una universidad, editorial, órgano de gobierno o por medio de tercero, el número lo deberá de gestionar la entidad correspondiente que publicará el libro.

Bajo la categoría de Autor-Editor, la persona física creadora o autora de una obra y que es responsable económica y legalmente de la edición de la misma por su propia cuenta en cualquiera de los formatos o sustratos disponibles, debe tener en cuenta NO DEBEN denotar, contener o incluir en ninguna parte de la publicación (libro) escudos, emblemas, logotipos, marcas, nombres o denominaciones de personas públicas o privadas, etc. Tampoco podrán publicar a terceros independientemente de la relación, vínculo o cercanía con otras personas.

Tiempo de asignación del ISBN:
Una vez realizado la solicitud satisfactoriamente, en un plazo de cinco días hábiles posteriores a la fecha de la solicitud y durante el transcurso del quinto día, el usuario deberá ingresar nuevamente al sistema con su login y password para consultar en el menú denominado “consulta de solicitudes”, por número de radicado o estado de solicitudes.
Las solicitudes realizadas por medio documental, tendrán un plazo de respuesta de diez días hábiles posteriores a su fecha de ingreso.

Muy Importante:
Certificado de número ISBN y Código de Barras: Para la expedición del Certificado de número ISBN y Código de Barras correspondiente, deberá cubrir oportunamente el pago de derechos respectivo.
Deberá considerar que la solicitud de número ISBN, y en su caso “certificado de número ISBN y Código de Barras”, deberá realizarse cuando se encuentre el libro a máximo a una semana para su ingreso a talleres de impresión.
Constancia de número ISBN: En caso de solicitar Corrección o Actualización de datos, deberá realizarlo a través de escrito libre en original firmado por el representante legal acreditado. Asimismo, deberá adjuntar el recibo bancario original por pago de derechos correspondiente.

Fuente: Indautor