TRABAJO DOMESTICO EN COLOMBIA 2026
el almuerzo, plancha las camisas de una familia que no es la suya y cuida a un adulto mayor que no es su padre. Durante décadas, en Colombia, la respuesta a esa pregunta fue negativa.
El derecho laboral colombiano nació con una zona de sombra. El Código Sustantivo del Trabajo de 1950 reconoció al servicio doméstico como relación de trabajo, pero lo dejó por fuera de la jornada máxima legal mediante el literal b) de su artículo 162. La consecuencia práctica de esa sola letra fue enorme: durante setenta y cinco años, la trabajadora doméstica pudo ser requerida por jornadas que ningún otro trabajador colombiano habría tenido que soportar, sin que el tiempo excedente generara pago alguno. No fue la única exclusión. La prima de servicios le fue negada hasta que la Corte Constitucional intervino en 2014 y el Congreso legisló en 2016. La afiliación a las cajas de compensación familiar solo se reglamentó en 2013. Cada conquista llegó tarde y, casi siempre, por la vía judicial antes que por la legislativa.
Ese ciclo terminó. La Ley 2466 de 2025 derogó la exclusión de jornada, impuso el contrato escrito, redefinió la franja nocturna y restableció de manera gradual el recargo pleno por trabajo en día de descanso obligatorio. El Decreto 0993 de 2026 llevó al hogar, por primera vez, las reglas de seguridad y salud en el trabajo, de prevención de violencias y de libertad sindical. Desde el 15 de julio de 2026, una trabajadora interna en Valledupar tiene exactamente la misma jornada máxima que un ingeniero de sistemas en Bogotá. Es un cambio de una magnitud que todavía no hemos terminado de dimensionar. leer todo...
Ever Jafet Ahumada Muñoz
Contador Público de la Universidad Popular del Cesar -UPC, Especialista en Revisoría Fiscal y Auditoria Externa, Magister en Ciencias Económicas.
Docente universitario, consultor en Normas Internacionales de Información Financiera. Certificado por ACCA en NIIF Plenas y por ICAEW en NIIF Pymes
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