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Para tener los derechos de mi obra, ¿debo registrarla?

Los registros de propiedad intelectual no conceden derechos, ya que el autor de una obra creativa los posee desde su creación, tanto los derechos morales como patrimoniales, sin necesidad de registro (Convenio de Berna). No obstante, es altamente recomendable registrar la obra antes de compartirla o difundirla. Este paso permite establecer una prueba de autoría temprana, lo cual es crucial antes de publicar o distribuir versiones preliminares de la obra. De esta manera, el autor contará con una sólida evidencia en caso de que alguien intente apropiarse y beneficiarse ilícitamente de su trabajo.

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